¿Te ahogan las deudas con la Agencia Tributaria y te preguntas si la Ley de la Segunda Oportunidad puede ser tu salvavidas? La respuesta es un rotundo sí. Aunque durante años ha sido un tema complejo y lleno de matices, las reformas legislativas y la jurisprudencia reciente han aclarado el camino: es posible cancelar deudas con Hacienda y empezar de cero.
En este artículo te guiaremos a través de todos los detalles, requisitos y límites para que entiendas cómo puedes liberarte de tus deudas con la Administración Pública de una vez por todas.
Lo más destacado de este artículo
- Cancelación confirmada: Sí, las deudas con Hacienda pueden ser canceladas gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, con ciertos límites establecidos por la ley.
- Límites actuales: La normativa permite exonerar hasta 10.000 € de deuda con Hacienda y otros 10.000 € con la Seguridad Social, sumando un total de 20.000 € de deuda pública.
- Reforma clave: La reforma de la Ley Concursal de 2022 fue el punto de inflexión que estableció explícitamente la posibilidad de exonerar estas deudas, eliminando la incertidumbre anterior.
- Proceso judicial: La cancelación se gestiona a través de un procedimiento judicial, por lo que es imprescindible contar con el asesoramiento de un abogado especialista.
El cambio crucial: ¿Qué dice la ley sobre las deudas con Hacienda?
Durante mucho tiempo, la cancelación de la deuda pública fue el principal caballo de batalla en los procedimientos de Segunda Oportunidad. La redacción original de la ley era ambigua, lo que provocaba que muchos jueces denegaran la exoneración de las deudas contraídas con Hacienda o la Seguridad Social.
Sin embargo, todo cambió con la reforma de la Ley Concursal de 2022. Esta actualización legislativa modificó el artículo 489 y clarificó de forma definitiva la situación.
Los límites para la exoneración de la deuda pública
La ley actual establece unos límites claros para la cancelación de la deuda con organismos públicos. Concretamente, se pueden exonerar:
Un máximo de 10.000 euros de deuda con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Un máximo de 10.000 euros de deuda con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Es importante destacar que los primeros 5.000 euros de deuda con cada organismo se exoneran de forma íntegra. Para la cantidad restante, desde 5.001 hasta 10.000 euros, se aplicará un plan de pagos sobre el 50% de la misma. El resto quedará exonerado. Cualquier importe que supere estos 10.000 euros deberá ser abonado mediante el plan de pagos que se establezca.
Requisitos indispensables para acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad y cancelar deudas con Hacienda
Para poder cancelar tus deudas con Hacienda, primero debes cumplir los requisitos generales para acogerte al mecanismo de la Segunda Oportunidad. Estos son los pilares fundamentales:
- Ser deudor de buena fe: No haber sido condenado por delitos económicos o patrimoniales contra instituciones públicas en los últimos 10 años, ni haber sido sancionado por infracciones tributarias muy graves.
- Estado de insolvencia: Debes demostrar que no puedes hacer frente a tus deudas de manera regular. No se trata de no querer pagar, sino de no poder.
- Tener deudas con al menos dos acreedores distintos: La ley exige pluralidad de acreedores. Pueden ser entidades financieras, proveedores, y por supuesto, administraciones públicas como Hacienda.
"La exoneración del pasivo insatisfecho se extenderá a la totalidad de las deudas insatisfechas, salvo las deudas de derecho público (...) Las deudas para cuya gestión recaudatoria resulte competente la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrán exonerarse hasta el importe máximo de diez mil euros por deudor (...)"
- Texto Refundido de la Ley Concursal, Artículo 489.1.5ª. Fuente: BOEEl proceso paso a paso para cancelar tu deuda con Hacienda
El camino para liberarte de estas deudas es un procedimiento judicial que requiere rigor y la guía de expertos. A grandes rasgos, estos son los pasos que seguirás:
Reunión de documentación: Tu abogado recopilará toda la información sobre tus deudas, ingresos, patrimonio y situación personal y familiar.
Solicitud ante notario: Se presenta la solicitud formal para iniciar el procedimiento y se nombra a un mediador concursal (aunque en la práctica esta fase puede agilizarse).
Concurso de acreedores: Se abre el concurso, donde se liquida tu patrimonio (si lo tienes y no está protegido, como la vivienda habitual bajo ciertas condiciones) para pagar hasta donde sea posible.
Solicitud del EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho): Una vez finalizada la fase anterior, tu abogado solicita al juez la cancelación de todas las deudas restantes, incluyendo las de Hacienda hasta el límite legal.
Plan de pagos (si aplica): Si la deuda pública supera los límites exonerables o si optas por esta modalidad para salvar activos, se establecerá un plan de pagos realista y acorde a tu capacidad económica.
El auge de la Segunda Oportunidad: los casos de éxito crecen un 174%
Desde la reforma de 2022, el número de concursos de acreedores de personas físicas ha experimentado un crecimiento exponencial. Según datos del Colegio de Registradores, en 2023 se registraron más de 10.000 concursos de este tipo, un 174% más que el año anterior, lo que evidencia la efectividad y la creciente confianza en este mecanismo como solución real a la insolvencia.
No esperes más, da el primer paso hacia tu libertad financiera
La posibilidad de cancelar las deudas con Hacienda mediante la Ley de la Segunda Oportunidad es una realidad consolidada. Ya no es una cuestión de interpretación judicial, sino un derecho recogido en la ley.
Si te sientes identificado con esta situación y la carga de la deuda pública te impide avanzar, es el momento de actuar. La legislación está de tu lado, pero el proceso requiere un conocimiento técnico y estratégico. Un equipo de abogados expertos no solo te guiará, sino que defenderá tus intereses para maximizar la cantidad de deuda cancelada y asegurar que el proceso sea un éxito.
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